Mis Beneficios

Calcula tus vacaciones

Vacaciones truncas, vacaciones ganadas que no tomaste y la indemnización cuando se vencen. Con el detalle de cada monto.

S/

El sueldo de tu boleta, antes de descuentos de AFP u ONP.

Se vencen cuando pasa un año desde que las ganaste y no las tomaste. Esos días se pagan con indemnización.

Ajustar a mi caso: tipo de empresa
Tipo de empresa

Pequeña y microempresa solo aplican si tu empleador está inscrito en el REMYPE. Si no sabes, deja «Régimen general».

Tus vacaciones

Cálculo referencial 2026

Escribe tu sueldo para ver el cálculo.

Calcula tu liquidación completaCTS, gratificación y vacaciones truncas en un solo cálculo.

Cómo se calculan las vacaciones truncas

Cuando dejas un trabajo antes de completar otro año, te pagan las vacaciones en proporción al tiempo trabajado desde tu último aniversario: un dozavo de tu remuneración por cada mes completo y un treintavo de ese dozavo por cada día.

Vacaciones truncas = Remuneración ÷ 12 × meses + Remuneración ÷ 360 × días

Vacaciones no gozadas e indemnización

Si ganaste tus 30 días y no los tomaste dentro del año siguiente, además de la remuneración vacacional te corresponde una indemnización equivalente a una remuneración (D. Leg. 713, art. 23).

RégimenVacaciones al año
Régimen general30 días
Pequeña empresa (REMYPE)15 días
Microempresa (REMYPE)15 días

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo tengo derecho a vacaciones truncas?

Desde que cumples un mes de servicios. Se pagan al terminar la relación laboral, en proporción a los meses y días trabajados desde tu último aniversario.

¿Qué pasa si no tomé mis vacaciones?

Si pasó un año desde que las ganaste y no las tomaste, te corresponde la remuneración vacacional más una indemnización equivalente a una remuneración mensual.

¿Las vacaciones truncas tienen descuentos?

Sí. Son remunerativas, así que se les descuenta AFP u ONP. La indemnización vacacional no tiene ese descuento.