Calcula tu CTS
Depósito de noviembre o mayo, con el sexto de tu gratificación. Para régimen general, pequeña empresa y microempresa. Gratis, sin registro y con el detalle de cada monto.
Depósito de CTS
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Cómo se calcula la CTS
La CTS se deposita dos veces al año y, en el régimen general, equivale a medio sueldo por cada semestre completo, más un sexto de la gratificación que recibiste en ese semestre.
CTS = Remuneración computable ÷ 12 × meses + Remuneración computable ÷ 360 × días
Para el depósito de noviembre se usa un sexto de la gratificación de julio. Para el de mayo, un sexto de la gratificación de diciembre del año anterior. La bonificación del 9% no se incluye.
Ejemplo: Luis gana S/ 3,000, trabajó de mayo a octubre y recibió S/ 3,000 de gratificación en julio. Su remuneración computable es S/ 3,000 + S/ 500 = S/ 3,500, y su depósito de CTS de noviembre es S/ 1,750.
Fechas de depósito 2026
| Depósito | Periodo que paga | Fecha límite |
|---|---|---|
| Mayo 2026 | Noviembre 2025 a abril 2026 | Viernes 15 de mayo de 2026 |
| Noviembre 2026 | Mayo a octubre 2026 | Lunes 16 de noviembre de 2026 (el 15 cae domingo) |
Retiro de CTS en 2026
La Ley 32322 permite retirar libremente el 100% de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, incluido el depósito de noviembre. Desde enero de 2027 solo podrás retirar hasta el 50% de tu saldo. Si te diagnostican una enfermedad terminal o cáncer, puedes retirar el 100% en cualquier momento, acreditándolo ante tu empleador.
Cuánto deposita cada tipo de empresa
| Tipo de empresa | CTS por semestre completo |
|---|---|
| Régimen general | Medio sueldo, más 1/12 de la gratificación |
| Pequeña empresa (REMYPE) | La mitad del régimen general (15 remuneraciones diarias al año) |
| Microempresa (REMYPE) | No corresponde |
Preguntas frecuentes
¿Cuándo depositan la CTS de noviembre 2026?
A más tardar el lunes 16 de noviembre de 2026. El plazo normal es el 15, pero ese día cae domingo, y el artículo 22 del D.S. 001-97-TR permite depositar el siguiente día hábil.
¿Puedo retirar toda mi CTS?
Sí, hasta el 31 de diciembre de 2026 puedes retirar el 100%, incluido el depósito de noviembre (Ley 32322). Desde 2027 solo podrás retirar hasta el 50%.
¿Por qué se suma un sexto de la gratificación?
Porque la ley incluye la gratificación en la remuneración computable de la CTS en partes iguales: un sexto por cada depósito. Para noviembre se usa la gratificación de julio, y para mayo la de diciembre.
¿Cómo se calcula si entré a mitad del periodo?
Se cuenta cada mes completo como un doceavo de tu remuneración computable y cada día suelto como un trescientossesentavo. Por ejemplo, si entraste el 10 de julio, se cuentan 22 días de julio más agosto, septiembre y octubre.
¿Las faltas reducen la CTS?
Solo las injustificadas: cada día resta 1/360 de tu remuneración computable. Vacaciones, descansos médicos y licencias con goce de haber no descuentan.
¿Quiénes no reciben CTS?
Los trabajadores de microempresas inscritas en el REMYPE, quienes trabajan menos de 4 horas diarias en promedio y quienes aún no cumplen un mes de servicios.
¿Qué pasa si renuncio o me despiden?
Tu empleador debe pagarte la CTS trunca del periodo en curso junto con tu liquidación, dentro de las 48 horas siguientes al cese. Lo que ya estaba depositado sigue en tu cuenta CTS.
¿La bonificación del 9% cuenta para la CTS?
No. Solo se suma un sexto de la gratificación, sin la bonificación extraordinaria.
Cálculo referencial según el D.Leg. 650, el D.S. 001-97-TR y la Ley 32322. Revisado en septiembre de 2026 con la remuneración mínima vigente de S/ 1,130. Para casos especiales (régimen agrario, construcción civil, trabajadores del hogar) consulta con tu empleador o SUNAFIL.